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Ecologistas en Acción muestra su oposición al decreto que prepara la Junta y alerta sobre el efecto llamada que supondrá para el urbanismo ilegal en Andalucía

El decreto de amnistía de las viviendas ilegales puede provocar un desastre urbanístico, territorial y ambiental

Ecologistas en Acción ha presentado a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda (COPV) un conjunto de propuestas en relación con el borrador de “Decreto por el que se regula el régimen de edificaciones y asentamientos en suelo no urbanizable en la comunidad autónoma andaluza”. La COPV recabó la opinión de Ecologistas en Acción en el trámite de consultas previas a su aprobación según estipula el Art. 45.1 de la Ley 6/2006 del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Ecologistas en Acción ha mostrado a la consejera de OPV su oposición a este decreto en base a los siguientes argumentos:

Esta propuesta es de suma gravedad por ser contraria a la legislación vigente y crear un precedente muy peligroso para los actos delictivos contra la ordenación del territorio. Con un decreto se pretende eludir las estrictas normas de la Ley de Ordenación de Territorio y Urbanismo (LOUA) y del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) en relación con las condiciones para la construcción de viviendas en suelo rústico, que excluyen las viviendas no ligadas a las explotaciones agropecuarias, prohíben las segundas residencias y los nuevos núcleos de población.

El decreto es un aval para el urbanismo salvaje.
En esta “regularización” se ignora los límites de crecimiento que estipula el POTA, que para un periodo de vigencia del planeamiento municipal (PGOUs) de ocho años, el suelo urbano o urbanizable no puede crecer más del 40% y las previsiones de nuevas viviendas se deberían dimensionar para un incremento máximo de población del 30%. Pues bien, con este Decreto de amnistía urbanística habrá muchos municipios que, al legalizarles estas viviendas, aumentarán la superficie urbanística muy por encima de estas limitaciones.

La “regularización” de cientos de urbanizaciones y decenas de miles de viviendas ilegales desgajadas de los núcleos de población provocará un grave problema, pues creará poblaciones imposibles de administrar, que demandarán inversiones públicas y servicios que serán muy costosos o, incluso, imposibles de acometer por su dispersión.

Esta “regularización” generalizada en suelo rústico provocará una pérdida del patrimonio paisajístico irreversible. Este “urbanismo” se sitúa en las antípodas de la sostenibilidad, consume mucha más agua y energía, y produce residuos difíciles o imposibles de tratar.

Es inadmisible que se exijan menos reglas sustantivas y estándares de ordenación para “regularizar viviendas ilegales” que a promociones legales dentro del planeamiento.

Este decreto no aclara qué pasará con las miles de viviendas y cientos de urbanizaciones que no podrán ser “regularizadas” por estar en suelo protegido, incumplir normas de rango superior o no haber prescrito las infracciones en base lo estipulado en la LOUA, por lo que sería imperativo proceder a la restauración de la legalidad urbanística y a la demolición de las mismas. La Junta deja así en aguas de borraja al tan cacareado Reglamento de Disciplina Urbanística, que prevé la ejecución de "derribo exprés" por parte de los Ayuntamientos. Nadie se cree que algún Ayuntamiento vaya a tener la osadía de acometer la demolición de viviendas ilegales con el coste electoral que supone.

El estatus de “fuera de ordenación” y el de “asimilado a fuera de ordenación” solo se debe aplicar a aquellas viviendas ilegales en las que ha prescrito la infracción urbanística y, por tanto, es imposible la demolición de las mismas. En todo caso, el abuso de este estatus para mantener situaciones generalizadas que contradicen normas legales no forman precisamente un modelo que tenga carácter disuasorio frente a futuras infracciones urbanísticas.

Este decreto no solo no garantizará a partir de ahora se cumplirán las normas urbanísticas y se impedirán más viviendas ilegales, sino que, muy al contrario, creará un efecto llamada y un gravísimo precedente: cualquier persona podrá hacerse una vivienda, con o sin licencia municipal, porque al final será legalizada. El decreto no supone un claro "punto final" de la indisciplina, no servirá para nada. No hay ninguna garantía de que a partir de ahora no volverán a repetirse los mismos procesos de indisciplina urbanística y urbanismo salvaje.

Los municipios no son, salvo excepciones, los entes adecuados para liderar un proceso de regularización extraordinario como éste. Por razones obvias, debiera mantenerse la competencia en instancias autonómicas.
Este decreto viene a echar por tierra el ingente trabajo desarrollado por las organizaciones ecologistas en estas dos últimas décadas de denuncia de la desaforada especulación y corrupción urbanística a lo largo y ancho de toda Andalucía, con cientos de denuncias ante las Administración y ante los tribunales de Justicia.

La Junta, en vez de apoyar el cumplimiento de la legalidad, opta por pasar página a un problema al que ha contribuido con su inacción. Es evidente que si desde las primeras denuncias se hubieran aplicado las leyes -incluida la demolición de viviendas ilegales o la retirada de las competencias urbanísticas a ciertos Ayuntamientos cómplices-, no se habría llegado a esta situación

Ecologistas en Acción considera que las soluciones planteadas en este borrador de decreto significa un respaldo de la Junta de Andalucía al cáncer de la especulación y la corrupción urbanística, que pueden conseguir un estatus de total impunidad. Por todo ello hemos solicitado a la consejera de OPV que:

1.Sólo se puedan regularizar aquellas viviendas y urbanizaciones que cumplan con las normas de la LOUA y del POTA, que mantengan la ciudad compacta mediterránea, que no suponga crecimientos por encima de lo estipulado en el POTA y que se garanticen las infraestructuras y servicios a cargo de los propietarios de las viviendas ilegales.

2.Será requisito imprescindible para que un Ayuntamiento pueda acogerse a los mecanismos de regularización de viviendas y edificaciones previstos en este decreto el que haya elaborado, aprobado y ejecutado su Plan Municipal de Inspección Urbanística, y muy en especial, que se haya procedido a la demolición de todas las edificaciones no legalizables en las que no hayan prescrito las infracciones urbanísticas. El plazo para ejecutar estas demoliciones no deberá ser superior a dos años.

3.Que los Ayuntamientos cataloguen y registren como edificaciones fuera de ordenación a las viviendas que haya prescrito la infracción urbanística y no se encuentren en suelos del tipo señalado en el apartado anterior, pero con las restricciones señaladas en la LOUA.

4.Se acometa un proceso político y jurídico por el cual se desprovea de las competencias de disciplina urbanística a los Ayuntamientos que permitan o fomenten el urbanismo ilegal, y se potencien los medios legales, personales y materiales para hacer más efectiva las competencias subsidiarias de la Junta de Andalucía y la labor de investigación de los equipos especializados en la lucha contra la especulación y la corrupción urbanística de los cuerpos y fuerzas de fuerzas de seguridad del Estado.

Ecologistas en Acción Andalucia.

28-7-2011

Por Ecologistas en Acción.

El Jueves 28 de julio de 2011

Actualizado el 6 de agosto de 2011