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Valoración del Plan Especial de la Vega

José Castillo Ruiz. Catedrático acreditado de la Universidad de Granada

José Castillo Ruiz, uno de los pioneros e impulsores en la investigación del Patrimonio Agrario y comprometido hace largo tiempo con la Vega de Granada hace una valoración del Plan Especial de la Vega elaobrado por la Junta de Andalucía. Su valoración es una de las más esperadas por el movimiento en defensa de la vega por llevar un doble sello; el de reconocido investigador y el de persona muy comprometida en la defensa de este espacio agrario que es la Vega de Granada

Ardua labor, y no sé si eficaz, esta que hago de resumir lo que escribe José Castillo, porque lo que escribe todo es importante. Pero lo verdaderamente inmenso, magistral y brillante es la aportación que con este documento hace al debate sobre el Plan Especial de la Vega Por ello, si queréis, seguid mi consejo, pasad por alto este resumen e id directamente al pdf. donde está la versión íntegra. Paco Cáceres

Resumen de “Valoración del Plan Especial de la Vega”

José Castillo Ruiz. Catedrático acreditado de la Universidad de Granada. Miembro de “Somos Vega. Somos Tierra” y de “Salvemos la Vega

( El documento íntegro está en pdf en archivo adjunto )

Elaborado apartado a apartado, siguiendo la estructura del Plan Especial de la Vega. DOCUMENTO BORRADOR PARA LA APROBACIÓN INCIAL

1. De los instrumentos existentes en las leyes andaluza, este planeamiento especial de protección resulta muy insuficiente para abordar las exigencias de protección y dinamización, ya pactadas, que requiere la Vega de Granada.

2. Este Plan, se entiende o plantea como un instrumento de desarrollo de lo establecido por el POTAUG y, como derivación, del resto de figuras de planeamiento urbano (PGOUs de las localidades de la Vega). Esto significa que todas las determinaciones del POTAUG (infraestructuras viarias y urbanas, sistema de espacios libres, etc.) son respetadas y asumidas como válidas. Queremos destacar dos aspectos:

a. Las clases de suelo. Aunque los suelos que el POTAUG identifica con la Vega pueden considerase como suelos no urbanizables formalmente no lo son, ya que esta clasificación la hacen los PGOUs.

b. El sistema de espacios libres no reconoce a la Vega como un espacio singular dotado de valores propios y relevantes. LA VEGA DE GRANADA DEBE SER UN ESPACIO MERECEDOR DE UNA PROTECCIÓN UNITARIA Y SINGULAR EN FUNCIÓN DE SUS VALORES AGRARIOS Y NO UN ESPACIO LIBRE O VACÍO QUE SIRVE PARA EL OCIO DE LA POBLACIÓN URBANA DEL ÁREA METROPOLITANA.

3. Sobre la información entregada. Falta toda la relacionada con el diagnóstico de la situación, la descripción de la ordenación es muy imprecisa en muchas cuestiones (como la catalogación de bienes, el impulso de la agricultura) y más detallada en otras como lo referido a la movilidad (verdadero eje central de este plan). ESPECIALMENTE INEXPLICABLE ES QUE NO SE INCLUYA EL PROGRAMA DE ACTUACIÓN, AL QUE SE REMITEN TODOS LAS ACCIONES RELACIONADAS CON EL DESARROLLO AGRARIO, Y EL ÓRGANO DE GESTIÓN, ENCARGADO DE APLICAR LO ESTABLECIDO EN EL PLAN.

La Vega de Granada debe ser un espacio merecedor de una protección unitaria y singular

4. El plan carece de un diagnóstico detallado de la situación real en la que se encuentra la Vega, sobre todo en relación a las alteraciones, ilegalidades, atentados y microantentados, hecho relevante ya que entendemos que cualquier instrumento de ordenación y protección debe intentar paralizar estas situaciones y restituirla a su estado anterior. En este sentido es muy revelador de la naturaleza y objetivos del plan que no se incluyan medidas tendentes a actuar sobre todas estas situaciones de deterioro, alteración o ilegalidad, lo que significa que este Plan Especial asume y legitima la situación de partida, muy discordante del marco legal del que parte (POTAUG).

2.- Modelo de Ordenación del Plan Especial

2.1. El ámbito del Plan: el espacio agrario Vega de Granada

La definición de la Vega de Granada se hace en función de criterios urbanístico-administrativos: los tipos de ordenación de los suelos previstos en el POTAUG. Valoramos que la definición de la Vega es totalmente inadecuada. Un bien o cualquier territorio dotado de valores agrarios, culturales, ambientales, sociales, o del tipo que sean no puede definirse ni delimitarse en función de cuestiones administrativas, urbanísticas o de propiedad. En el caso de la Vega de Granada existe un alto consenso para ver este espacio como el conformado por el histórico sistema de riego generado a partir de la extensa y compleja red de acequias. Por tanto sólo una delimitación de la Vega de Granada que incluya este sistema hidráulico de forma integral y completa será adecuada. Fragmentar este sistema unitario sería erróneo y perjudicial.

Además, debemos superar la tradicional identificación de lo agrario con lo rural. Existen elementos del sistema agrario de le Vega de gran relevancia patrimonial tanto en el suelo no urbanizable como en el urbano y el urbanizable (acequias, huertos, secaderos, cortijos, etc.) que suelen ser ignorados por no pertenecer ya al mundo rural.

1. Desde un punto de vista patrimonial la diferenciación de la Vega de Granada en función de la productividad de sus suelos resulta inadecuada. El valor de un espacio agrario patrimonial lo determina el carácter histórico de su sistema de riego y productivo, el valor patrimonial de los elementos hidráulicos y arquitectónicos, la relevancia de su patrimonio intangible, etc.

2. La zonificación de la Vega tampoco resulta demasiado adecuada y es poco pertinente y útil. No es posible hacer una zonificación en la que la zona regada por una acequia, caso de la Acequia Gorda del Genil, pertenezca a dos zonas de ordenación diferentes.

3. Hay zonas de la Vega que no están incluidas adecuadamente en el documento como son las de la zona norte.

acequia gorda paseo

2.2. Bases del Plan y 2.3 El modelo de ordenación.

El Plan basa la ordenación propuesta en: Reconocer la función agraria básica de la Vega de Granada y Favorecer el reacoplamiento de las áreas urbanas y el espacio agrícola de la Vega.

Valoración de este apartado:

1. La mayoría de fundamentos, conclusiones del diagnóstico, bases de la ordenación y demás principios programáticos que aquí se contienen los consideramos adecuados y muy pertinentes para su implementación en la Vega, ya que se evidencia que las reclamaciones de la movilizada sociedad granadina han tenido su eco y consideración.

2. Hay conceptos dudosos como los del capital territorial (poco aceptado en la doctrina patrimonialista) o, sobre todo, el de vega tradicional, ya que hay realidades (como la del Soto de Roma) que son también tradicionales e incluso históricas.

3. Existe una deficiencia de fondo en esta fundamentación del plan que consideramos invalida gran parte de sus propuestas y objetivos. No existe correspondencia entre los objetivos y fundamentos del mismo y las propuestas de ordenación o de actuación previstas en él. El plan identifica los instrumentos necesarios para el cumplimento de los objetivos (plan especial urbanístico, plan de gestión y órgano de gestión), pero remite para conocerlo a un Programa de Actuación que no aparece.

4. Esta deficiencia de fondo se manifiesta cuando explica el modelo de ordenación, con objetivos adecuados si bien los objetivos nos parecen adecuados, en la explicación de cómo articularlos y conseguirlos se manifiestan todas las carencias que tiene este plan urbanístico para afrontar esta ordenación integral de la Vega. Tres ejemplos:

a. Renuncia, por no ser objeto del plan, a establecer directrices para el tratamiento de las aguas.

b. Traslada al inexistente Programa de Actuación todas las medidas dirigidas al impulso y promoción del desarrollo basado en el sector agrícola así como todas las cuestiones relacionadas con la investigación o educación.
Igualmente traslada al Referido Programa de Actuación la definición del órgano gestor
.

EL RECORRIDO DE LA ORDENACIÓN DEBERÍA DE SER ÉSTE: IDENTIFICACIÓN DEL BIEN PATRIMONIAL (VEGA DE GRANADA), PLAN DE ACTUACIÓN INTEGRAL SOBRE ESE BIEN (PODRÍA SER ESTE PLAN DE GESTIÓN), INSTRUMENTOS PARA EL DESARROLLO DE ESE PLAN INTEGRAL Y UN ÓRGANO DE GESTIÓN.

c. Propone un tratamiento conjunto unitario y sistémico de los regadíos históricos pero sin concretar cómo se hará.

3.- Descripción de la ordenación.

En este apartado el plan detalla la actuación en cada uno de los ámbitos y elementos que identifica en la Vega y propone, acorde con los objetivos, las intervenciones a realizar.

Se habla de impulso para el desarrollo de la vega, pero se remite a un programa de actuaciones que no aparece por ningún lado

3.1. La protección del espacio agrario Vega de Granada

El Plan diferencia zonas de protección y establece parámetros e indicaciones para su ordenación. La valoración:

1. Los objetivos propuestos y los criterios de actuación son en general aceptables aunque siempre en función de la limitada capacidad de actuación que tiene el Plan Especial.

2. Regular las condiciones de las construcciones futuras no es suficiente. Se necesitan planes de conservación, mantenimiento y mejora de las condiciones arquitectónicas, espaciales y ambientales de las ya existentes, sobre cercados y de erradicación (u ordenación) de infraviviendas o infrainstalaciones agrarias de impacto negativo.

3. Hubiera sido necesario que el plan aportara mecanismos para hacer cumplir con más rigor lo propuesto, por ejemplo, en relación a evitar la aparición de usos no agrícolas. No consideramos necesaria la distinción entre la zona de protección de Vega tradicional y la de protección genérica de espacio Agrario Vega de Granada. Ya que no se sustenta cultural e históricamente esta distinción.

3.2.- Determinaciones sobre los bordes y crecimientos urbanos hacia la Vega de Granada.

Estas determinaciones deberían replantearse en función de la situación actual urbana, territorial y funcional teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

1. Análisis de cada localidad; previsiones de crecimiento (POTAUG), clasificación de suelo existente (PGOU) y su comparación con el número de viviendas vacías, los equipamientos existentes y sus usos y las previsiones de crecimiento futuro.

2. Con estas previsiones, redefinición de los límites de crecimiento de cada localidad.

3. Análisis de los posibles crecimientos urbanos e industriales en función de dos criterios: su distribución en el área metropolitana y su impacto en la Vega de Granada.

3.3. La movilidad en la Vega.

Valoración de este apartado:

1. Los objetivos que se plantean, sobre todo, las de la articulación entre la movilidad motorizada y la no motorizada, la de favorecer la movilidad de los agricultores en sus actividades agrarias y el empeño por integrar de forma respetuosa en la Vega los nuevos viales o los que puedan diseñarse en el futuro nos parecen muy apropiados.

2. El Plan Especial asume todos los viales ya existentes y programados, sin poner en cuestión su impacto sobre los valores y bienes de la Vega. No se dice nada del impacto de la Segunda circunvalación por pertenecer a la administración estatal.

3. A la red de caminos rurales para organizar la movilidad agrícola, novedosa e importante; le falta un estudio de movilidad agrícola de la Vega que, ineludiblemente debería haberse realizado antes de diseñar el plan. ESTA CUESTIÓN ES CRUCIAL E INELUDIBLE.

4. Sobre la red ciclista de transporte, gran aportación, hay consideraciones que hacer:

a. La red queda incompleta e interrumpida al no poder actuar en las poblaciones.

b. Incorpora tramos paralelos a los VAU a pesar de su discutible construcción.

5. Se reduce la eficacia de estas propuestas, especialmente la de red ciclista de transporte, si no se vinculan con la circulación general en el área metropolitana y su incidencia en la Vega, fuera de las competencias de este Plan Especial.

3.4. El modelo de uso público

Junto a la movilidad (con más detalle) este apartado constituye la base central del Plan especial.

Valoración de este apartado:

1. El modelo de uso público que plantea el Plan para acercar a los ciudadanos al conocimiento y disfrute de la Vega nos parece encomiable.

2. No existe una consideración de los caminos como elementos patrimoniales. La referencia los caminos históricos de base medieval (¿?) es totalmente insuficiente.

3. El sombreado propuesto para los caminos, buena idea, habría que hacerlo con un tratamiento histórico de los mismos y dando prioridad a árboles productivos. Faltan medidas para eliminar vegetación incompatible con los valores agrarios de la Vega.

4. Se debería de erradicar el vallado de las fincas, para permitir la permeabilidad visual y paisajística de los caminos, pero sin poner en riesgo la seguridad de los espacios agrarios y las cosechas. FALTA UN PLAN DE SEGURIDAD, IMPRESCINDIBLE PARA POTENCIAR EL USO PÚBLICO DE LA VEGA

5. Echamos en falta un plan de actuación para todos aquellos caminos que existen en la Vega y que no forman parte de esta red de itinerarios.

6. Sobre el tipo de firme propuesto, la zahorra, nos parece muy adecuado aunque el plan no dice nada sobre aquellos caminos asfaltados que forman parte de este itinerario.

7. Los itinerarios diseñados siguen presentando un carácter fragmentario y discontinuo, al no poder actuar sobre las áreas ocupadas por los asentamientos urbanos.

8. No hay una adecuada interrelación entre los caminos y los elementos patrimoniales de la Vega (cortijos, molinos, acequias, etc.) El disfrute de los valores queda mermado.

9. Los detalles de las áreas de encuentro no se pueden valora, están en un anexo no entregado.

10. Parque de la Vega Norte-Juncaril, su realización significa la definitiva desagrarización de la vega norte. Situar el punto de intercambio y comercialización de productos locales tan alejado de las áreas de vega más productivas parece poco sensato.

11. Finalmente, BASAR UN MODELO DE USO PÚBLICO DE LA VEGA SÓLO EN LAS FUNCIONES DE OCIO O ESPARCIMIENTO A DESARROLLAR POR LAS INFRAESTRUCTURAS VIARIAS ES TOTALMENTE INADECUADO PARA UN ESPACIO PATRIMONIAL.

3.5. La mejora ambiental del espacio agrario de la Vega.

1. Actuar sobre la actividad agraria fundamentalmente desde la perspectiva ambiental resulta reductivo, sobre todo si las medidas propiamente agrarias se remiten a un plan de gestión del que nada sabemos.

2. No es aceptable que el Plan no pueda disponer de medidas efectivas y directas para solucionar uno de los problemas más graves que tiene la Vega de Granada como es la calidad de las aguas, lo que demuestra la incapacidad e inoperatividad de este instrumento urbanístico para proteger y dinamizar la Vega.

3.6. El paisaje.

El Plan concentra aquí gran parte de sus capacidades para mejorar la calidad del territorio de la Vega.

Valoración de este apartado:

Todas estas medidas mejorarán, en caso de aplicarse, la calidad del espacio percibido de la Vega de Granada, pero difícilmente permitirán preservar los valores patrimoniales de la Vega de Granada y posibilitar su desarrollo económico de base agraria. Se trata de medidas epidérmicas muy importantes pero válidas sólo como complemento del resto de medidas de protección y dinamización que, a diferencia de éstas, no parecen desarrolladas.

Hay que erradicar los vallados. Éste en suelo agrícola pero que no se respeta junto a la circunvalación

Resulta inaceptable que este plan de paisaje no incluya un estudio sobre los impactos paisajísticos actualmente existentes y las medidas para su erradicación y regeneración

3.7. Protección y revalorización del patrimonio cultural y paisajístico de la Vega.

Aunque hay un esfuerzo real y sincero por parte del Plan de incorporar una visión patrimonial adecuada de la Vega de Granada, las limitaciones del propio instrumento urbanístico, fuerzan al documento a realizar unas propuestas totalmente inadecuadas. En varios sentidos:

1. A pesar del carácter integral que se le otorga a la Vega de Granada, la identificación o formalización patrimonial que de ésta realiza el Plan no se hace de forma integral (de ser así propondrían una figura de protección como la de paisaje cultural, que en la normativa andaluza se llama zona patrimonial) sino fragmentada a través de determinados elementos patrimoniales como cortijos, secaderos, yacimientos arqueológicos, etc. UN INSTRUMENTO QUE NO PERMITA DELIMITAR TODO EL COMPLEJO SISTEMA DE RIEGO Y PROPONER MEDIDAS EFECTIVAS Y DIRECTAS DE ACTUACIÓN SOBRE EL MISMO NO PODEMOS CALIFICARLO COMO ADECUADO PARA LA VEGA DE GRANADA.

2. Necesitan recurrir a otros instrumentos urbanísticos como los PGOUs de las diferentes localidades de la Vega para poder catalogar o actuar sobre aquellos bienes que son importantes para el entendimiento integral de la Vega pero que quedan fuera del ámbito de actuación del Plan.

Un instrumento que no permita delimitar todo el sistema de riego no podemos calificarlo como adecuado para la Vega de Granadda

CONCLUSIÓN Y UN CABALLO

El Plan Especial de la Vega de Granada presentado es exclusivamente un instrumento de carácter urbanístico o de planeamiento concebido como un desarrollo de las medidas y determinaciones establecidas en el POTAUG, las cuales son asumidas y validadas por este documento. Aunque parte de un entendimiento adecuado de la Vega de Granada, las exigencias derivadas de su condición de instrumento urbanístico de desarrollo le impiden establecer las medidas y mecanismos necesarios para la adecuada protección y dinamización de la Vega de Granada (especialmente las relacionadas con la preservación y fomento de la actividad agraria), teniéndose que limitar a proponer un plan de uso público a través de itinerarios peatonales y en bicicleta por los caminos históricos de la Vega y por los cursos fluviales o a proponer medidas para la integración paisajística de las construcciones o infraestructuras que se vayan a implantar en la misma. Todo ello partiendo del hecho de que el espacio identificado como Vega de Granada (y que es sobre el que el plan actúa) no se corresponde con la visión integral del territorio agrario de la Vega construido a partir del histórico sistema de riego sino con una suma de fragmentos de espacios calificados en el POTAUG como zonas sujetas a restricciones de uso por los valores productivos.
En definitiva, y utilizando una metáfora un tanto absurda pero didáctica:

NECESITÁBAMOS UN CAMIÓN PARA TRANSPORTAR UN CABALLO Y NOS HAN OFRECIDO UNA BICICLETA: POR MUCHO QUE DISCUTAMOS SOBRE EL COLOR, MARCA O TIPO DE RUEDAS DE LA BICICLETA NUNCA PODRÁ TRANSPORTAR UN CABALLO.

Portafolio

Documentos adjuntos

Valoración de José Castillo

Por Veguita de Graná

El Viernes 6 de noviembre de 2015

Actualizado el 6 de noviembre de 2015